El dia de hoy (24 de Mayo), nos enteramos de una nueva guÃa que la Dian ha publicado en su micrositio. Me parece que esto es un ESPALDA...
El dia de hoy (24 de Mayo), nos enteramos de una nueva guÃa que la Dian ha publicado en su micrositio.
Me parece que esto es un ESPALDARAZO muy bueno para la labor contable, ya que en primer lugar esta EXIGIENDO que los Registros Unicos Tributarios deben actualizarse con la actividad 42, obligado a llevar contabilidad, y esto va para cualquier persona incluso "del común" que tenga RUT, y que además su actividad necesite del apoyo contable:
"...todo aquél que sea considerado comerciante, independientemente de si es una persona natural o jurÃdica"
"....Todo contribuyente que pretenda hacer valer la contabilidad como medio de prueba para efectos fiscales"
"...Todos los servidores públicos sean personas jurÃdicas o personas naturales que cumplan los requisitos señalados en esta ley"
"...Las organizaciones de acción comunal"
"....En general todas las personas naturales y jurÃdicas que deban aplicar algún marco contable derivado de la Ley 1314 del 2009"
Pienso que al consignar esta actividad en el Rut, todos aquellos que tengan una actividad económica, necesitan llevar contabilidad, y esto obligará a conseguir una asesorÃa contable-niif y por lo mismo tributaria. Esperemos que el panorama tan complicado que está viviendo el gremio por lo menos crea mas oportunidades para prestar el servicio.
Clic aqui para descargar la Guia desde el Micrositio de la Dian
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